REGLAMENTO PRUEBA DE SELECCION ESPAÑOLA DE CRIA – S.E.C.
OBJETIVO Y FINALIDAD
1.- La Prueba de Selección Española de Cría del Boxer Club de España (en adelante
SEC) es un test mediante el que se pretende valorar desde el punto de vista sanitario,
morfológico y de carácter a los ejemplares de raza boxer, con fines de selección y
utilización de los reproductores en la mejora de la raza por medio de la cría selectiva,
con el fin de mantener buenos niveles en su descendencia.
2.- Los análisis que se efectúan en los reproductores que se someten a estas pruebas
serán:
a) Análisis del temperamento y carácter del perro, así como su coraje y
combatividad. Todo ello dentro de un equilibrio temperamental que no debe
desaparecer en ningún momento de la prueba.
b) Análisis morfológico del perro, tomando los parámetros principales y con
especial atención a su armonía en general, equilibrio y proporciones más
importantes.
c) Comprobación del buen estado de salud de los ejemplares que se presentan en
Displasia de Cadera, Espondiloartrosis deformante y Ausencia de Cardiopatías
congénitas. La valoración de la Displasia de Cadera, Espondiloartrosis y Cardiopatías
pueden ocasionar el NO APTO de un ejemplar.
3.- Corresponde a la denominada Comisión de Selección del BCE, designada por la
Junta Directiva del BCE, promover la celebración de las pruebas SEC y dar cobertura y
difusión informativa a los ejemplares que las superen, así como el archivo estadístico de
todos los datos recopilados en dichas pruebas. También corresponde a la Comisión de
Selección el regular y dirimir sobre cualquier conflicto y/o circunstancia derivada de la
aplicación del presente reglamento, así como llevar a cabo su revisión periódica, para
adecuarlo a las exigencias que puedan surgir eventualmente. Los fallos de la Comisión
de Selección serán inapelables.
SOBRE LOS EJEMPLARES PARTICIPANTES
4.- Pueden ser admitidos a una SEC todos los ejemplares inscritos en el LOE (para
propietarios españoles) o cualquier Libro de Orígenes reconocido por la FCI (para
propietarios extranjeros). Los ejemplares admitidos deben contar con un mínimo de 14
meses desde su nacimiento, en el día de la prueba.
Los ejemplares llevarán un collar de cadena o similar, pero nunca en posición de ahogo.
En ningún caso se permitirán otro tipo de collares, ni tampoco arneses.
5.- Los requisitos para poder ser inscritos serán:
Número del LOE o Libro de Orígenes extranjero
Pedigree.
Tatuaje o Microchip que figure en el Pedigree.
Certificado de grado de Displasia por entidad homologada por BCE.
Certificado de grado de Espondilosis por entidad homologada por BCE.
Certificado de Cardiopatías por entidad homologada por el BCE.
Toda esta documentación será original y deberá entregarse a la persona que organiza
la Prueba antes del comienzo de la misma. En la solicitud de inscripción se debe
adjuntar copias de estos documentos, pero es obligatorio presentar todos los originales
de cada uno de los documentos en el día de la prueba.
6.- La inscripción en la SEC deberá hacerse dentro de los plazos comunicados por la
Organización de la prueba y remitirse copia de la documentación necesaria a la
Comisión de Selección con diez días de antelación a la celebración de la Prueba.
7.- El número mínimo de perros inscritos para una SEC será de 1 y el máximo de 15.
SOBRE LOS JUECES Y FIGURANTES
8.- El juicio de una SEC será realizado por un Juez de Selección del BCE. Los Jueces de
Selección del BCE deben cumplir con el Reglamento de Jueces de Selección que el
BCE tenga establecido (ver Anexo). El figurante será asignado por el organizador y ratificado
por Junta Directiva del BCE.
Es recomendable aunque no obligatoria la presencia de un
figurante reserva.
9.-Antes de comenzar la prueba, el Juez Seleccionador comprobará las documentaciones
que deben aportar los perros, descritas en el apartado 4 de este reglamento.
Posteriormente se sorteará en presencia de los participantes el orden de juicios. El sorteo
se realizará en presencia de los participantes, del Juez y del Comisario de la prueba.
SOBRE LA ORGANIZACIÓN
10.- La SEC será organizada por un Delegado del BCE , por un Club de Trabajo
Deportivo reconocido por el BCE o por la Junta Directiva del BCE ,que tendrá la obligación de presentar su solicitud con
una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista de celebración de la prueba.
Deberá desarrollarse en el recinto de un grupo de trabajo deportivo del BCE o
colaborador de la RSCE. Excepcionalmente podrá celebrarse en un recinto de otro uso
habitual, pero que se habilite especialmente para el desarrollo de la prueba y siempre
bajo la autorización previa de la comisión de selección del BCE, una vez examinado el
dossier de que se adjunte a la solicitud oficial de organización de la prueba. En dichos
casos, el recinto deberá ser preferentemente cerrado, nunca a vista del público o en
zonas de paso de personas (parques, jardines, etc.), con una superficie mínima de unos
500-600 m2. y con todos los permisos preceptivos (municipales, autonómicos, etc…) así
como un seguro de Responsabilidad Civil en regla. Deberá contar con un escondite
(revier), una Pistola de fogueo de 6 mm., un lector de microchips, una báscula de pesaje,
al menos 4 asistentes para la prueba y un figurante.
El figurante llevará Peto y Chaqueta, portará una Manga Blanda
y una Fusta Flexible.
Con posterioridad al cierre de inscripciones pero siempre con la suficiente anticipación,
la Comisión de Selección del BCE se asegurará de que la organización y el juez vayan a
contar con todos los elementos y medios necesarios para el correcto desarrollo de la
prueba. En contrapartida, la organización deberá aportar dentro de los plazos previstos
por la Comisión de Selección del BCE toda la información que, de forma previa y con
posterioridad a la celebración de la SEC, le sean requeridos por ésta.
SOBRE EL DESARROLLO DE LA PRUEBA
11.- ANÁLISIS CARACTERIOLOGICO
11.1.- IDENTIFICACION. El guía presentará su perro al Juez, de tal manera que
pueda ser identificado a través del microchip o tatuaje. El perro permanecerá tranquilo y
debe dejarse identificar fácilmente.
11.2.- JUNTO AL GUIA Y GRUPO. El guía conducirá el perro en sentido contrario
al Juez con el perro atado a la correa. El perro deberá ir tranquilo siguiendo a su guía.
Cuando el Juez ordene, el guía dará media vuelta en dirección al Juez y a un Grupo de
personas no inferior a 4, entre los que se mezclará conduciendo al perro. Guía y perro
permanecerán entre el grupo hasta que el Juez dé su aprobación. En todo momento el
perro debe mantenerse tranquilo, confiado y no tener reacciones extrañas o de miedo o
timidez frente al grupo.
11.3.- INDIFERENCIA AL DISPARO. A la orden del Juez el guía desde la posición base caminará una
distancia de unos 20 o 25 pasos como mínimo conduciendo al perro junto con correa.
en sentido perpendicular a la dirección llevada hasta entonces.
El perro debe seguirle y no despegarse en exceso. Cuando haya recorrido unos
10 pasos el comisario realizará dos disparos, en un intervalo de 3 segundos con una
pistola de fogueo de 6mm. El perro permanecerá indiferente al disparo y no se separará
en exceso del guía. En cualquier caso, si el perro se separase del guía no deberá ser por
miedo y a la orden del guía deberá volver junto a él.
11.4.- CONFRONTACIÓN-ATAQUE SORPRESIVO DEL FIGURANTE
El guía dejará a su perro sujeto junto a un comisario. A unos 25 pasos estará ubicado un
escondite (revier) en el que espera un figurante oculto. El guía caminará en dirección al
escondite y al mismo tiempo puede animar a su perro, cuando el Juez ordene, el
figurante saldrá del revier gritando y simulando una agresión por sorpresa al guía. De
forma inmediata, el Juez dará orden al comisario para que suelte al perro, que deberá ir
contra el figurante y morder firmemente la manga. Si falla en el primero puede hacerlo
en un segundo intento, pero un nuevo fallo significa el suspenso. Una vez la haya
agarrado debe ser transportado por el figurante unos 10 pasos entre los que amagará
dos intentos de golpe con la porra acolchada. El perro nunca debe soltar la manga en esa
situación.
11.5.- ATAQUE LANZADO
Inmediatamente al ataque sorpresivo el guía sujetará a su perro y el figurante a la orden
del Juez iniciará una carrera de espaldas al guía y al perro de unos 50 pasos. Un poco
antes de que el figurante llegue a un lugar señalado y a nueva indicación del Juez, el
guía soltará al perro, cuando el Juez ordene el figurante dará media vuelta y dando unos
pasos en dirección al ejemplar, afrontará la carga del perro con gritos intimidatorios y
actitud amenazante. El figurante esperará al perro y no irá contra él. El perro debe
agarrar firmemente la manga, puede hacerlo en un segundo intento si falla el primero,
pero un nuevo fallo significará el suspenso. Cuando haya hecho presa, el figurante
transportará al perro unos 10 pasos. El Juez determinará cuando termina la acción de
lucha y el guía debe recuperar a su perro. Posteriormente el Juez tocará al ejemplar, que
debe permanecer lo más tranquilo posible, sin mostrar nunca síntomas de agresividad o
desequilibrio evidentes frente al Juez.
11.6.- ÍNDICES DE VALORACIÓN CARACTERIAL
Calificaciones:
1.- Ejemplares temerosos, esquivos, con reacciones extrañas de miedo,
miedo al disparo y que no muerden la manga. Ejemplares que no van hacia el figurante
o que llegan a él y no muerden por miedo o falta de coraje. Ejemplares pasivos, blandos,
no combativos. Ejemplares que sueltan la manga en los fustazos.
Calificación: CARÁCTER INSUFICIENTE
2.- Ejemplares con suficiente instinto de defensa pero con coraje y
combatividad justos. Muerden la manga aunque no contundentemente y resisten los
fustazos.
Calificación: CARÁCTER SUFICIENTE
3.- Ejemplares resueltos y confiados, con coraje y combatividad. Muerden la
manga firmemente y resisten los fustazos. Permanecen en todo momento atentos al
ambiente que les rodea. Su temperamento es fuerte pero seguro y equilibrado.
Calificación: CARÁCTER EXCELENTE
4.- Ejemplares muy fuertes, con mucho coraje y combatividad. Atacan
furiosamente y no están totalmente atentos al ambiente que les rodea. No obedecen
fácilmente al guía aunque finalmente terminan el ejercicio sin muestras de agresividad
descontrolada.
Calificación: CARÁCTER MUY ACENTUADO
5.- Ejemplares que se muestran excesivamente agresivos y descontrolados.
Muerden al comisario cuando éste les sujeta. No obedecen al guía en el desarrollo de la
prueba o incluso le muerden y/ o muerden al Juez cuando éste les intenta tocar al final
del ataque lanzado.
Calificación: FUERA DE CONTROL
Los ejemplares calificados con 1 o 5 no son seleccionables.
12.- ANÁLISIS MORFOLÓGICO
12.1.- El Juez examinará el color de ojos de los perros. Para ello utilizará la tabla del
BK alemán. No serán seleccionables los ejemplares con color a partir del 4.
12.2.- El Juez examinará la fórmula dentaria establecida por el BK alemán. No son
seleccionables los perros con torsión de mandíbula o con desviación que muestre
excesiva asimetría entre el maxilar superior e inferior.
12.3.- El Juez medirá por medio de un cinómetro y una cinta métrica flexible la altura a
la cruz, la profundidad y perímetro torácicos, así como la longitud que tenga el perro
desde la punta del pecho a la punta del isquión. Deben guardarse las proporciones entre
las tres y las desviaciones no deben ser nunca superiores a 3 cm. en la proporción alto
largo y 3 cm. en la altura a la cruz. Si la altura a la cruz es inferior en 2 cm. al mínimo
tampoco es seleccionable. Las desproporciones exageradas en la capacidad torácica que
puedan sugerir deformidades o faltas acusadas de tipicidad también resultan
descalificatorias. Por último el ejemplar deberá ser pesado por medio de una báscula.
12.4.- El Juez examinará el aspecto general, el pelo, el color, el estado de salud general,
condiciones físicas y todos los componentes morfológicos del perro ateniéndose al
estandar de la raza. No son seleccionables los perros con aspecto enfermizo, en malas
condiciones físicas o con defectos de tipicidad graves. Tampoco son seleccionables
aquellos machos que no muestren los dos testículos bien descendidos en el escroto y los
perros con párpados tatuados o con alteraciones estéticas artificiales que induzcan a
errores de valoración.
12.5 Alturas en los ejemplares
MACHOS HEMBRAS
Mínima 57 cm 53 cm.
Máxima 63 cm 59 cm
No seleccionable Menos de 55 Menos de 51
Más de 66 Más de 62
Largura
No seleccionable + – 3cm. por encima de la mínima o máxima establecida
13.- PRUEBAS DE SALUD
Los ejemplares presentarán diagnóstico de evaluación de Displasia de Cadera y
espondilosis con calificación A, B o C. Los ejemplares evaluados con D o E no son seleccionables.
También deberán presentar los certificados de diagnóstico oficiales de
cardiopatías congénitas con evaluación de 0, 1 y 2, realizados por los centros oficiales reconocidos por el
BCE o por un Club extranjero reconocido oficialmente por el BCE.
14.- EVALUACIÓN FINAL
Una vez realizadas las tres evaluaciones por el Juez, que se verán reflejadas en el
documento oficial de SEC del BCE (ver Anexo), este emitirá su sanción que será de
APTO o NO APTO. Si un ejemplar es sancionado NO APTO debido a la prueba
CARACTERIOLÓGICA, tendrá una segunda oportunidad presentándose nuevamente a
otra prueba.
Si un ejemplar resulta NO APTO como consecuencia de la prueba MORFOLOGICA,
su propietario tendrá la posibilidad de presentar recurso con alegaciones al fallo en un
plazo no superior a 15 días a la COMISIÓN DE SELECCIÓN del CEB, que emitirá una
sanción favorable a que se presente en una segunda oportunidad o en su caso
desfavorable, ante la cual el ejemplar será definitivamente NO APTO. Las decisiones de
la Comisión de Selección serán inapelables.
Si un ejemplar resulta NO APTO como consecuencia del resultado de la prueba
sanitaria, no resulta admitido como participante en el resto del test. Pero todos los
ejemplares que concurran en una SEC deberán someterse a todas las valoraciones
previstas en la prueba pese a que hayan podido suspender alguna de sus partes. La
retirada y ausencia del participante será interpretado como un NO APTO para cada una
de las partes afectadas, incluyéndose sus consecuencias anteriormente descritas.
15.- Todos los participantes que se inscriban en una SEC declaran conocer y aceptar el
presente reglamento, el cual puede ser modificado, únicamente de forma anual por
informe de la COMISIÓN DE SELECCIÓN y debidamente aprobado por la Junta
Directiva del CEB.
El presente reglamento, presentado por la Comisión de Selección a la Junta Directiva
del BCE, ha sido aprobado por ésta en reunión celebrada en Madrid con fecha 30 de
Diciembre de 2010 y entra en vigor a partir del día 1 de enero de 2011.