Boxer Club de España
1980

REGLAMENTO DE JUECES DE SELECCIÓN ESPAÑOLA DE CRIA S.E.C. DEL B.C.E.

1-Ser Juez Especialista del BCE, al corriente de pago.

2- Haber criado un mínimo de 5 camadas

3-Haber actuado como guía con perros distintos de su propiedad con el resultado de apto en cualquiera de las dos posibilidades siguientes:

a) En un mínimo de 4 pruebas de SELECCIÓN.

b) En un mínimo de 2 pruebas de IPO y una prueba de SELECCIÓN.

4-Haber participado en un curso formativo relacionado con el trabajo o las pruebas de Selección, organizado por el BCE .

5-Haber asistido a otro Juez con un mínimo de 3 perros en pruebas de SELECCIÓN.

6-Asistir a un mínimo de 3 Campeonatos IPO organizados por el BCE.

7-Habiendo cumplido todos los requisitos anteriormente expuestos, enviar solicitud adjuntando todos los datos a la Junta Directiva del BCE, que deberá aprobar su nombramiento.

NORMATIVA PARA MANTENER LA CONDICIÓN DE JUEZ DE S.E.C.

La Junta Directiva del BCE podrá organizar cursos de reciclaje de asistencia obligatoria para mantener la condición de Jueces de S.E.C.

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